El Gobierno eliminará la restricción de compra de energía fuera del Mercado Ibérico de la Electricidad

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El Gobierno eliminará la restricción que existe desde 1997 para que los operadores dominantes en el sector eléctrico puedan adquirir energía en países comunitarios fuera del ámbito del Mercado Ibérico de la Electricidad o en terceros países.

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El Gobierno eliminará la restricción que existe desde 1997 para que los operadores dominantes en el sector eléctrico puedan adquirir energía en países comunitarios fuera del ámbito del Mercado Ibérico de la Electricidad o en terceros países.

Así consta en una de las 46 enmiendas que el PP ha presentado al proyecto de ley de Creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a las que ha tenido acceso Europa Press. De esta manera, se pretende evitar la apertura de expediente por estas limitaciones que ha anunciado la Comisión Europea (CE), que ya en 2010 solicitó al Gobierno español información sobre esta medida, al considerarla "incompatible con la normativa comunitaria".

Aunque en abril de 2011 la CE archivó el expediente al existir un compromiso de España de derogar la medida en el momento en que se traspusiera la directiva sobre Mercado interior de electricidad, la convocatoria anticipada de elecciones en noviembre de 2011 paralizó esa tramitación, lo que llevó al Ejecutivo comunitario a reabrir el expediente.

NUEVAS TASAS

Con respecto al presupuesto del organismo, se introducen cambios en las tasas, que serán determinadas por el Ministerio de Industria. En el caso de los hidrocarburos líquidos, se hará una liquidación mensual en base a las ventas anuales de cada operador mayorista, que pagará 0,140817 euros por tonelada.

Por su parte, las empresas dedicadas a la regasificación, almacenamiento en tanques de Gas Natural Licuado (GNL), almacenamiento básico, transporte y distribución los hidrocarburos gaseosos pagarán un 0,14% de la facturación total derivada de la aplicación de peajes y cánones. Finalmente, las empresas que transportan y distribuyen energía autoliquidarán mensualmente una tasa del 0,15% de la facturación total derivada de la aplicación de los peajes de acceso.

Todos estos tipos serán revisados por el Gobierno cada cuatro años, adaptándolos a las necesidades de financiación que justifiquen la CNMC y el Ministerio. La primera revisión será un año después de que Industria empiece a ejercer de forma efectiva las funciones encomendadas en esta ley. Por su parte, el Gobierno determinará en las leyes de Presupuestos de cada año qué porcentaje de lo recaudado se destinará a la CNMC.

COMPETENCIAS DE TELECOMUNICACIONES

En las enmiendas del PP también se explicita que la CNMC mantendrá todas las funciones de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), en lugar de adjudicárselas al Ministerio de Industria como estaba previsto.

También se prevé la instauración de un esquema para ajustar de forma automática los ingresos derivados de la tasa general de operadores y los costes, que se rebaja del 2 por mil actual al 1,5 por mil. El total recaudado "no podrá exceder de los gastos que se generen", por lo que el Ministerio deberá publicar cada 30 de abril en una memoria del ejercicio anterior, precisando los gastos de la CNMC por separado.

FUNCIONES DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA

Al margen de lo ya mencionado, Industria mantendrá las competencias para autorizar –mediante un sistema de comunicación y no de autorización previa– la adquisición de participaciones en sociedades o por parte de sociedades que desarrollen actividades reguladas, que operen en el mercado de energía eléctrica, de hidrocarburos o del gas; o que actúen en ámbitos insulares o extrapeninsulares.

También controlará la adquisición de participaciones o toma de participaciones por parte de sociedades que sean titulares de activos del sector de la energía de carácter estratégico incluidos en el Catálogo Nacional de Infraestructuras Críticas (centrales nucleares, centrales térmicas de carbón, refinerías, oleoductos y almacenamientos de productos petrolíferos); o cuando las adquisiciones tengan un "impacto relevante o una influencia significativa" en la composición de las empresas.

Si se venden acciones a entidades de estados no miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo, o cuando el Ministerio considere que existe una "amenaza real o suficientemente grave para la garantía del suministro de gas, electricidad o hidrocarburos", Industria podrá establecer condiciones proporcionales y que respeten el principio del interés general.

NUEVA COMISIÓN UNIFICADA

Con respecto a los cambios en la estructura y funciones de la nueva CNMC, finalmente habrá un Pleno con diez miembros que tendrán mandatos de seis años improrrogables. Su renovación se producirá parcialmente, por lo que en la primera sesión se determinará voluntariamente o por sorteo qué tres consejeros cesarán a los dos años y cuáles a los cuatro. Entre ellos no podrán estar ni el presidente ni el vicepresidente.

Si durante el periodo del mandato se cesa a un consejero, su sucesor será nombrado por el tiempo que restase de los seis años, aunque si ya se hubieran superado los cuatro años, el sucesor será nombrado por un sexenio completo.

Los consejeros serán propuestos por el Gobierno pero la Comisión de Economía del Congreso, ante la que deberán comparecer, tendrá potestad para vetarlos. El presidente, además, deberá comparecer anualmente en el Parlamento, que también podrá solicitar la presencia del vicepresidente o de otros consejeros.

Entre las funciones del Pleno se incluirán la de formulación de las cuentas y aprobación del reglamento interno, que deberá contar con el apoyo de la mitad de los diez consejeros, y no con dos tercios como se previó inicialmente. Asimismo, se encargará de las funciones de gobierno indelegables (aprobación de cuentas, planes de actuación y memorias, o los nombramientos) y se hará cargo de los asuntos en que haya divergencia de criterios.

Asimismo, adoptará las funciones que, por su especial incidencia en el funcionamiento competitivo de los mercados, recabe para sí el Pleno por mayoría de seis votos a propuesta del presidente o de tres consejeros.

DOS SALAS

También se ha aceptado dividir la CNMC en dos salas: una de Competencia y otra de Supervisión regulatoria. El Pleno determinará qué consejeros van a cada departamento, y aprobará y publicará el régimen de rotación, incluyendo los criterios de selección y periodicidad. La Sala de la Competencia estará presidida por el presidente del Consejo y la de regulación sectorial, por el vicepresidente. Ambas conocerán todos los asuntos y, reglamentariamente, se determinarán las materias sobre las que, correspondiendo a una sala, se deberá informar a la otra.

Además habrá cuatro directores de instrucción que serán nombrados por el Pleno y no por el Gobierno. A ellos se les podrá exigir dedicación exclusiva y la sujeción al régimen de incompatibilidades de altos cargos. Se elimina la previsión de que ocupen el cargo cuatro años renovables y las posibles causas de cese, y también la previsión de que los directivos de otras áreas de responsabilidad tengan que ser seleccionados mediante convocatoria pública.

CONTROL INTERNO

También se ha decidido crear un órgano de control interno de la CNMC cuya dependencia funcional y capacidad de informe se regirá por los "principios de imparcialidad y objetividad" y que buscará "evitar la producción de conflictos de intereses". La Comisión incluirá en su memoria anual un informe sobre la adecuación de las decisiones de este órgano a la normativa, y la remitirá a las Cortes y al Ministerio de Economía.

Se elimina, sin embargo, la creación de una comisión ejecutiva para la gestión ordinaria de los asuntos, ya que al dividirse las funciones en dos salas, el PP no la considera necesaria.

Para garantizar la transparencia, todas las reuniones que mantengan los consejeros y personal de la CNMC con empresas de los sectores regulados –siempre que no afecte a sus objetivos– deberán ser públicas, y también se prevé que el Comité de Regulación Ferroviaria asuma las funciones de la Comisión de Regulación Económica Aeroportuaria hasta que las pueda adoptar la CNMC.

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