Ayudas oficiales COVID-19

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Las ayudas oficiales surgen como estrategia del gobierno nacional para contrarrestar el impacto económico de la suspensión de actividades comerciales por el estado de alarma y resguardo sanitario generado por el COVID-19. Previstas en el Real Decreto-ley 15/2020; abarcan las denominadas medidas urgentes de carácter complementario en apoyo de la economía y el empleo.

Este conjunto de estrategias, busca la protección de aquellos trabajadores y entidades que por disposiciones legales, deben mantenerse en confinamiento de cuarentena. Estableciendo modalidades de acción, tanto para trabajadores dependientes, autónomos, empresas y otros sectores.

A través de permisos retribuidos recuperables para los que, bajo relación de dependencia laboral, no realicen actividades esenciales. Así como para empresas y autónomos; el aplazamiento de cuotas crediticias, así como programas de subvención y ayudas oficiales reembolsables. 

Estas ayudas oficiales están destinadas no sólo a  garantizar la liquidez requerida para cubrir las obligaciones contractuales, sino también los deberes fiscales correspondientes. En todo caso, entre los objetivos principales de las ayudas oficiales por COVID-19 decretadas, se persigue facilitar el ajuste de la economía y protección de las relaciones de empleo.

 Tanto autónomos, como pymes y empresas; deben entonces presentar la correspondiente solicitud a fin de acceder a las ayudas oficiales decretadas en función del estado de emergencia por COVID-19. Algunas medidas serán aplicadas para resguardar inclusive a las personas desempleadas y que no tienen acceso a la prestación por desempleo.

Ayudas oficiales COVID-19

Ayudas oficiales para autónomos, desempleados y con expedientes de regulación temporal de empleo

Según cifras oficiales, hasta un 12% de incremento en el índice de desempleo, se registró en la semana previa a la declaratoria de emergencia sanitaria. Un porcentaje de ciudadanos, que debido a la suspensión de actividades administrativas, tampoco han podido acceder a la prestación por desempleo.

Este grupo incluye las personas cuyo periodo de prueba había finalizado y aquellas que voluntariamente habrían decidido terminar la relación de trabajo para optar por un nuevo cargo; el cual debido a la situación actual, no pudo obtenerse.

Las ayudas oficiales destinadas a resguardar su situación, contemplan la posibilidad de hacer efectivos planes de pensiones, el aplazamiento de pagos de cuotas de hipotecas o cualquier otro contrato crediticio.

También se contempla la consolidación de planes de financiamiento para los arrendatarios de viviendas que por falta de ingresos no estén en la posibilidad de pagar los gastos de rentas y alquileres; sin que el monto financiado genere intereses para los deudores.

Los ciudadanos que requieren ser amparados por esta medida, deberán dar constancia verificable de desempleo o bajo condición de ERTE antes de solicitar el acceso a los programas de ayudas oficiales en las respectivas entidades financieras.

Ayudas oficiales para pymes y empresas

El respaldo para pymes y empresas por Covid19, está fundamentado en la modificación de plazos para la cancelación de deudas con la seguridad social. Sobre todo para aquellas entidades que se dediquen a áreas tipificadas como no esenciales o cuyo cumplimiento a distancia no sea posible.

Modificaciones de ley en cuanto a las condiciones laborales y el otorgamiento de créditos para apalancar la carga de nómina durante el periodo de emergencia. Considerando también a aquellas empresas y pymes que no sean capaces de alcanzar sus mínimos de producción para mantenerse operativos.

Estas ayudas, consistirán para las diferentes entidades y según sus niveles de producción, en créditos a interés cero, los cuales serán devueltos según las condiciones preestablecidas en cada convenio y según el monto aprobado.

La ayuda oficial por COVID-19, busca reforzar y mantener activa la línea de intercambio productivo y promover una recuperación más llevadera, una vez que la situación sanitaria alcance niveles seguros y que se permita retomar las actividades en áreas no esenciales de la economía.

En el caso de las empresas y pymes, cuyos empleados se encuentren bajo la modalidad de permisos retribuidos recuperables. La legislación del trabajo emitirá las condiciones bajo las cuales los trabajadores recuperarán las horas de trabajo que ahora son pagadas durante su aislamiento por cuarentena.

Ayudas oficiales COVID-19

Control de fraude en solicitudes de ERTE

Si bien, en la declaratoria de ERTE deben consignarse los instrumentos probatorios de la misma, la administración pública establece mecanismos para la verificación exhaustiva de los beneficiarios de las prestaciones o ayudas oficiales.

Y en caso de comprobarse cualquier tipo de fraude o error en la emisión de datos, condición del trabajador u otro particular relacionado a la solicitud. Será establecida la infracción, tanto en caso de empresas y pymes, bajo su entera responsabilidad; salvo en los casos que se comprobase intención de fraude por parte del trabajador.

En todo caso, se crea la obligación de devolución de las prestaciones recibidas indebidamente; así como las multas y sanciones administrativas que tuvieran lugar, según el tipo de infracción. Entendiendo en todo caso, que al percibir una ayuda de forma indebida, se está privando a un trabajador en verdadera situación de vulnerabilidad de percibir la ayuda oficial.


Consideraciones finales

Aún son muchos los ajustes necesarios y la información necesaria para ejercer el derecho a las ayudas oficiales por COVID-19. Sin embargo, las oficinas de gestión gubernamental, entidades bancarias y asesores profesionales buscan aclarar el panorama para la ciudadanía, empresas, pymes y autónomos; para los cuales persiste el riesgo de perder la rentabilidad de su actividad comercial.

Mientras tanto, se siguen haciendo modificaciones sobre la marcha, incluso en cuanto a la prolongación del estado de emergencia y las condiciones de confinamiento por COVID-19. Por lo que las medidas de protección, podrían extenderse o cesar su vigencia cuando las autoridades lo consideren conveniente.

Aún así, las medidas previsivas que contemplan estas ayudas, tienen un carácter de aplicación a mediano plazo. Lo que significa, que incluso una vez superada la crisis sanitaria; se mantendrá en vigencia la resolución de las concesiones administrativas prorrogadas, las condiciones de retribución de horas de trabajo y el ajuste económico para saldar la deuda contraída por empresas, pymes y autónomos aun habiendo recibido las ayudas oficiales por COVID-19.

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