Hay tantas dudas sobre la regulación y tributación en las inversiones de monedas digitales que se hace necesario contar con alguien que nos ayude. TaxDown nos aclara todo el panorama para la próxima campaña de la Renta y nos enseña de forma muy sencilla cómo hacer la declaración de estos activos.
En poco tiempo arranca una vez más una nueva campaña de la declaración de la renta con la novedad de la rendición de cuentas sobre las inversiones en criptomonedas. El mundo cripto ha entrado de lleno en nuestras finanzas y es tendencia a nivel internacional.
No en vano, los oligarcas rusos que se veían arrinconados por las sanciones económicas mundiales impuestas por la invasión de su país a Ucrania han encontrado en las monedas virtuales una vía de escape para poder realizar sus transacciones. Las misma Ucrania, días antes del inicio de la guerra, dio luz verde al Bictoin como moneda de curso legal, en una decisión que se entiende más desde una visión de economía de guerra.
Lejos del conflicto, los inversores de las cripto se enfrentan a un escenario desconocido desde el punto de vista de regulación y tributación. Así lo desvela un informe de Asufin, el cual se hace eco de un gran desconocimiento sobre las cargas fiscales de estos activos. En su investigación, señala que más del 41% de los inversores no deberán pagar ningún tipo de impuesto por las ganancias de sus criptoactivos.
Casi un 29% desconoce si tiene que incluir esta información en su declaración de la renta. Pero lo cierto es que la Renta introduce por primera vez en esta campaña un apartado dedicado a ello. Según los datos que maneja Hacienda, el 70,6% ha invertido más de 1.000 euros y más de una cuarta parte de los que invierten han superado los 6.000 euros de inversión.
Sea como fuere, reina la incertidumbre en los inversores. Cuanto la tecnología va por delante de la regulación, suele producirse este momento. Los expertos fiscales de TaxDown reflejan que no hay un reglamento concreto que regule directamente a las monedas virtuales. La normativa actual solamente se rige por cuestiones de ganancias y pérdidas patrimoniales.
Si una persona ha ganado 3.000 euros en criptomonedas y no los declara, la sanción podría alcanzar los 900 euros dependiendo de sus circunstancias personales
Tributación de criptomonedas: ¿quién y cómo declarar?
Solo por esa cuestión, muchos de los 4 millones de personas que han decidido invertir en criptomonedas deberían incluir sus pérdidas o ganancias en la próxima declaración de IRPF. Ahora bien, ¿quién está obligado a tributar estas inversiones? Solo lo tendrán que hacer aquellos que hayan vendido alguna de estas divisas, independientemente de si se han obtenido ganancias o pérdidas en el proceso.
De no hacerlo, según el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero del año 2021, la sanción por la deuda tributaria puede alcanzar hasta el 150%. Por ejemplo, si una persona ha ganado 3.000€ en criptomonedas y no las declara, la sanción podría alcanzar los 900€ dependiendo de sus circunstancias personales.
¿Y cómo hacerlo? La respuesta de los expertos de TaxDown es a través del método FIFO. Esta es la forma de contabilizar las ganancias derivadas de la venta de acciones cuando dichos activos se hayan comprado en momentos diferentes. La ganancia patrimonial se calcula restando al valor de transmisión el valor de adquisición y los gastos inherentes a la operación.
Viendo el perfil de muchos inversores de criptomonedas, muchos de ellos amateurs, millennials y completamente ajenos al mundo de las finanzas tradicionales, el proceso se hace complejo para ellos al tener que contar con distintas variables en su declaración, crear un excel y reportar los datos a la web oficial de Renta.
TaxDown: un método muy sencillo
Para ellos y el resto de perfiles que conforman la comunidad de inversores de criptomonedas, TaxDown nos muestra una vía mucho más sencilla a través su plataforma. Estos son los pasos para hacer todo de forma rápida y automática:
- Ingresar en la web de TaxDown, registrarse y acceder al área para realizar la declaración de la renta online.
- En la sección de ‘Inversiones’:
- Pulsar ‘Vincular banco o bróker’.
- Pulsar ‘Añadir nueva entidad’.
- Seleccionar el banco o bróker que veamos en la lista.
- Introducir el DNI, el usuario y la contraseña de nuestro bróker.
- Confirmar la vinculación (en este momento se puede descargar el reporte o añadir una nueva entidad y repetir nuevamente el proceso).
- Pulsar ‘Cargar datos’ (ya obtendríamos todos los datos necesarios de valor de venta, fecha de la misma y la ganancia o pérdida patrimonial obtenida).