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Los seguros de salud no cubren el COVID-19

Siguen aumentando en España los casos de personas con coronavirus. Tras las declaraciones oficiales de la OMS sobre una posible pandemia, hay que señalar que los seguros de salud no cubren el coronavirus.

Durante los últimos días el director de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha hablado del riesgo de pandemia que supone el nuevo brote de coronavirus. Una epidemia cuyo número de afectados no deja de crecer y que ha paralizado la economía de medio mundo. La advertencia llega después de que en Italia, en la región de Lombardía, se elevaran a siete las víctimas mortales.

La lista fue creciendo y los casos de contagio ya empiezan a aflorar en España, donde en la mayor parte de los casos se trata de personas que hicieron recientemente un viaje a Italia. La situación empieza a crear incertidumbre y por ello surgen numerosas dudas, algunas de las cuales ha querido responder Acierto, el comparador de seguros de salud. Porque, ¿cubre el seguro de salud el coronavirus?

El coronavirus en el seguro de salud

Así y aunque los artículos 105 y 106 de la Ley del Contrato de Seguro regula la asistencia médica y asume la prestación de servicios médicos y quirúrgicos de los asegurados (dentro de los límites de la póliza contratada) la cosa cambia ante determinadas situaciones.

Es precisamente el caso de los daños causados por epidemias y pandemias declaradas oficialmente como el coronavirus. Es decir, las enfermedades derivadas del coronavirus y el propio virus quedarán fuera de la cobertura de la póliza. La razón principal de esta exclusión se da porque la aseguradora fija una prima en función de un riesgo.

Un riesgo que cambia en un caso como el del coronavirus, imprevisible y excepcional; y cuyas implicaciones económicas pueden ser muy superiores a las de cualquier otra enfermedad. No obstante, existen precedentes de aseguradoras que cubrieron en 2009 algunos casos leves de gripe A. AXA y DKV fueron las primeras en anunciar esta cobertura, de hecho.

“Si no se hubiera declarado como epidemia oficialmente, el coronavirus sí estaría cubierto”, indica Amanda Cuns, experta en seguros de Acierto.com. Siempre teniendo en cuenta los términos de la póliza. Además, contratar o contar con un seguro de salud en estas fechas puede constituir un punto diferencial en caso de contraer cualquier otra enfermedad.

pandemia COVID-19

Las personas mayores, las de mayor riesgo

Acierto.com también recuerda que las personas mayores son las que a más riesgos se exponen en el caso del coronavirus. De hecho la tasa de mortalidad se dispara en este grupo de población. En el caso de las que superan los 80 años es del 14,8%, y la mortalidad del virus aumenta a medida que lo hace la edad de los afectados. A ellos hay que sumarles las embarazadas y personal sanitario.

Pandemia, epidemia y enfermedad endémica

Acierto.com también ha querido explicar la diferencia entre pandemia, epidemia y enfermedad endémica. Tal y como indica la OMS, hablamos de pandemia cuando nos referimos a la propagación mundial de una nueva enfermedad. Un ejemplo: la gripe aviar o la gripe porcina. La epidemia, sin embargo, se propaga durante un tiempo y por un país, aunque también afecta a un gran número de personas simultáneamente.

Como vemos, las principales diferencias son su expansión desde el punto de vista geográfico y el rápido aumento de los infectados. La pandemia –que no es el caso del coronavirus– tiene mayores proporciones. En el caso de la enfermedad endémica, se trata de aquellas que permanecen en un lugar determinado de forma estable en el tiempo.

Otras exclusiones del seguro de salud

Más allá de la epidemias o pandemias, otras exclusiones frecuentes del seguro de salud son las enfermedades, lesiones u otras preexistencias anteriores a la fecha de alta del asegurado, los hechos de guerra, los daños ocasionados por radiación nuclear, contaminación radiactiva, terremotos e inundaciones. Ocurre lo mismo con las toxicomanías, el alcoholismo crónico, los intentos de suicidio y autolesiones, así como el síndrome de inmunodeficiencia adquirida VIH.

Los tratamientos estéticos, ciertas prótesis o aparatos ortopédicos, las enfermedades o lesiones derivadas de un deporte profesional, los tratamientos experimentales y medicinas alternativas también suelen estar excluidas. Pero habría que revisar el condicionado de cada contrato.

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